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Legislación sobre Tabaco - Argentina
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ORDENANZAS MUNICIPALES
Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires
Nro. 43.001 21-10-88
Faculta al conductor de taxis, disponer la prohibición de fumar, exhibiendo el cartel pertinente en parabrisas, luneta trasera y ventanillas del rodado.
Nro. 47.667 01-07-94
Prohíbe fumar en oficinas o espacios de atención al público del ámbito municipal.
Nro. 47.668 01-07-94
Prohíbe en todo el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, el expendio, provisión y/o venta de cigarrillos y demás formas de tabaco a los menores de dieciséis (16) años, para consumo propio, o no. Fija sanciones. Ley nro. 451/00 deroga parcialmente y fija sanciones.
Nro. 47.669 01-07-94
Crea el programa de control toxicológico del tabaco a partir del 1-1-95.
Nro. 47.670 01-07-94
Establece sectores para fumadores y no fumadores en restaurantes, bares, confiterías y casas de lunch. Sanciones Ley 451/00.
Nro. 50.252 06-01-96
Prohíbe fumar en los locales de video juegos y/o entretenimientos para menores de edad.
Nro. 50.846 29-10-96
Modifica el artículo nro. 1 de la Ordenanza Municipal nro. 47.669. Crea el Programa de Control Toxicológico del Tabaco que será implementado por la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, autoridad de aplicación de la presente ordenanza.
Nro. 50.985 25-11-96
Prohíbe organizar o realizar sorteos, concursos, certámenes en los que intervenga el azar, ofreciendo la entrega de premios, regalos u otros beneficios, que promocionen el consumo de tabaco.
Nro. 51.255 03-02-97
Prohibición de fumar en los cajeros automáticos de las instituciones bancarias de la ciudad de Buenos Aires.
Nro. 52.114 12-01-98
Establece que la publicidad estática de cigarrillos, tabaco y todo otro emblema o símbolo relacionado (logos, dibujos) que sin nombrar directamente el artículo que representan facilitan su identificación, deberá realizarse en blanco y negro o sus gamas. Prohíbe la publicidad estática en otros colores o gamas.
Nro. 52.361 26-03-98
Fija sanciones para el incumplimiento de la Ordenanza Municipal nro. 52.114 "Publicidad estática de cigarrillos en blanco y negro". Establece que la aplicación de la multa motivará el retiro de los carteles de la vía pública. Considera la reincidencia sin límite de períodos. Establece la solidaridad de la empresa publicitaria y la tabacalera para la cual se realiza la campaña.
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